28
de septiembre de 2006
Tegucigalpa.
La embajada de Estados Unidos volvió a reiterar hoy que la revocatoria
de visas a ciudadanos hondureños obedece estrictamente a su política
anticorrupción y en cumplimiento a la Ley de Migración
de EE UU.
La delegación diplomática emitió un comunicado
de prensa en el que aclaró que la negatoria de ingreso a territorio
estadounidense a personas vinculadas a actos de corrupción es
por tiempo infinito, mientras que a los deportados por otras causas
es por un periodo de cinco años.
A continuación el texto integró del comunicado:
La Embajada de los Estado Unidos de América a través de
su Sección Consular informa al pueblo y gobierno Hondureño
sobre las consecuencias de una Negación de Entrada a los Estados
Unidos bajo las sección 212 (a) (9) la cual difiere de una Revocación
de Visa bajo la Sección 212 (f) de la Ley de Inmigración
y Naturalización y Proclamación Presidencial 7750.
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(Negación
de Entrada) Un extranjero quien voluntariamente sale de los Estados
Unidos después de haber sido denegada su entrada al país,
se le entrega y como un proceso rutinario una hoja que lee así
“está prohibido de entrar, intentar entrar o estar
en los Estados Unidos por un período de cinco años
de la fecha de su salida”. Esto de acuerdo a la sección
212 (a) (9) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Esta
sección de la ley aplica a todas las personas que voluntariamente
retornan de los Estados Unidos después que han sido detenidos
en la frontera o puerto de entrada. Si la persona no es inelegible
bajo la ley por algunas otras razones, ellos podrían aplicar
para reingresar después de cinco años y los oficiales
de inmigración y consulares tomarán una decisión
sobre esa aplicación.
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(Revocación
de Visa por Corrupción) Una persona que ha sido determinada
a ser sujeto bajo la Proclamación Presidencial 7750 está
prohibida a entrar a los Estados Unidos por tiempo indefinido. El
proceso bajo el cual la determinación es hecha es estricto
y tomado al más alto nivel, lo cual, es muy poco probable
que tal decisión sea cambiada.
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Es
muy importante notar que la Ley fue creada el 12 de Enero del año
2004 como resultado de la Cumbre Extraordinaria de las Américas
en Monterrey, Nuevo León en donde los Jefes de Estado y de
Gobierno de las Américas ratificaron compromisos en beneficio
y desarrollo de sus pueblos incluyendo el combate a la corrupción.
Luego de la creación de la Ley , el gobierno de los Estados
Unidos a través de sus agencias de seguridad está
revisando casos anteriores y nuevos para poder proceder bajo ley
en contra del terrorismo y corrupción.
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Los
países miembros de la OEA han estado particularmente preocupados
sobre el impacto de la corrupción en el desarrollo social
y la democracia. La Asamblea General de 2004, realizada en Ecuador,
declaró que la corrupción “atenta contra la
democracia y la gobernabilidad democrática, debilita las
instituciones, compromete el desarrollo económico y social
y la lucha contra la pobreza, mina la confianza ciudadana y afecta
la estabilidad política”. A través de las Cumbres
de las Américas, los mandatarios del hemisferio se han comprometido
a promover una “cultura de transparencia” y combatir
prácticas no éticas en los sectores público
y privado. La Declaración de Mar del Plata, adoptada en la
Cuarta Cumbre de las Américas en el 2005, subrayó
la importancia de la rendición de cuentas e hizo un llamado
para que los países miembros implementen la Convención
Interamericana contra la Corrupción y participen plenamente
en su mecanismo de seguimiento. 27 de septiembre, 2006.
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