La ordenanza,
aprobada el pasado 7 de septiembre por el pleno de la Corporación
Municipal , en uso de las atribuciones que le confiere la Ley de Municipalidades,
tendrá vigencia únicamente el próximo 15 de septiembre
del presente año, entre las 06 de la mañana y las 06 de
la tarde.
La disposición edilicia estipula que los bares, expendios de
aguardiente, estancos y depósitos de alcohol localizados en lugares
públicos, zonas urbanas, suburbanas y aldeas de la jurisdicción
del Distrito Central, permanecerán cerrados todo el tiempo que
estipula la ordenanza, para garantizar la protección de la vida
y los bienes de los habitantes dentro de la circunscripción municipal..
Asimismo, los propietarios, administradores o arrendadores de supermercados,
restaurantes, pulperías, mercaditos, casetas con venta de golosinas,
merenderos, cafeterías, ventas de pollos, tiendas de conveniencia,
gasolineras, discotecas y clubes nocturnos tendrán la responsabilidad
de colocar un rotulo en su negocio, visible a los clientes con la leyenda,
“prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas y
embriagantes por motivo de ley seca”
El incumplimiento de la Ordenanza Municipal , será considerado
como una falta grabe y sancionada conforme a lo establecido en el artículo
132 de la Ley de Policía y Convivencia Social, con una multa
de entre Quinientos un lempiras (L.501.00) y cinco mil lempiras (L5,
000.00), cada vez que se viole, sin perjuicio de que la autoridad municipal
proceda al cierre del negocio y al decomiso del producto.
El estricto
cumplimiento de la presente ordenanza municipal será responsabilidad
del Departamento de Justicia Municipal, la Policía Municipal
y la Policía Preventiva , que trabajarán en conjunto para
que se respete la Ley Seca , que es de carácter obligatorio y
entrará en vigencia inmediatamente.