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Tegucigalpa
- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) se apresta a inscribir
como candidato a diputado por el Partido Nacional al
secretario del Congreso Nacional, Juan Orlando Hernández,
de acuerdo a un borrador de trabajo al que tuvo acceso
EL HERALDO.
Hernández,
según algunos políticos de oposición,
no puede ser diputado porque el artículo 199
de la Constitución de la República se
lo prohíbe en virtud de ser pariente en segundo
grado de afinidad de la magistrada de la Corte Suprema
de Justicia, María Elena Matute. |
El
ente colegiado le ha venido dando largas a este caso, pero
se supo de fuentes vinculadas a este organismo que el caso
será resuelto en los próximos días y
que la votación será dos a uno, con un voto
razonado del magistrado Arístides Mejía.
EL
DICTAMEN
La
resolución del máximo organismo electoral del
país estará basada, según el proyecto
en poder de este rotativo, en dos aspectos de carácter
jurídico: en primer lugar, que la Constitución
de Honduras está por debajo de los tratados internacionales
y, en segunda instancia, porque Hernández ya es diputado
y el caso de la incompatibilidad únicamente afecta
a los que se postulan por primera vez.
En
el considerando número tres del proyecto de resolución
se hace hincapié en que Honduras es suscriptora de
la Declaración de Derechos Humanos aprobada por la
183 Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre
de 1948. En esta declaración se advierte que ningún
estado firmante puede discriminar a nadie en sus aspiraciones
de ningún tipo.
Además,
Honduras es firmante del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, aprobado mediante resolución 2200
el 16 de diciembre de 1966 y ratificado por el Congreso Nacional
el 18 de junio de 1995. “Los estados parte del presente
Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad
en el goce de todos los derechos civiles y políticos”,
dice.
Luego,
añade: los ciudadanos también gozarán
del derecho a “votar y ser elegidos en elecciones periódicas,
auténticas, realizadas por sufragio universal e igual
y por voto secreto que garantice la libre expresión
de la voluntad de los electores”.
TIENE
DERECHO
El
ex presidente del Tribunal Nacional de Elecciones (TNE), Guillermo
Casco Callejas, dijo que comparte la opinión de expertos
en materia electoral, quienes afirman que el caso de Hernández
es especial porque él ya es diputado.
“El
ciudadano Hernández ya es diputado, ahí está
la diferencia, caso distinto sería si fuese candidato
por primera vez”, expuso, para enseguida añadir:
“Si la ciudadanía lo aceptó en las primarias
(lo mismo que el Tribunal), lo que hubo fue un acto de ratificación
en el desempeño de sus funciones. Ésta es la
interpretación que se le tiene que dar”.
En
el voto razonado que oficializará el magistrado Arístides
Mejía, cuando se someta a discusión el caso
del diputado, dice: Las incompatibilidades de las que habla
la Constitución de la República “van más
allá de las disposiciones contenidas en los tratados
o convenios internacionales… pero tratándose
de convenios internacionales que obligan al Estado de Honduras
a cumplir lo dispuesto en las mismas, la única manera
de desligarse del cumplimiento de sus disposiciones es a través
de haberlo suscrito bajo reservas o mediante la denuncia del
tratado, lo cual no es de nuestro conocimiento que haya sucedido”.
Consecuentemente,
agrega, es necesario solicitar al Congreso Nacional que tenga
a bien informar al Tribunal si los convenios y tratados firmados
por Honduras, antes de la elaboración de la nueva Constitución,
están vigentes.
Tomado
de elheraldo.hn
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